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Sentencia histórica: Poder Judicial de Puno anula más de 7 mil hectáreas de concesión minera de Cal y Cemento Sur por no consultar a comunidad campesina San José de Principio de Atuncolla.
Después de más de ocho años de lucha, la Comunidad Campesina San José de Principio del distrito de Atuncolla logró un triunfo histórico.
El Poder Judicial de Puno, a través de la Sala Civil de la Corte Superior de Justicia , anuló las concesiones mineras “Acumulación Puno” , que afectaban más de 7 mil hectáreas de territorio ancestral , otorgadas en el año 2002 a la empresa Cal y Cemento Sur, del Grupo Gloria , sin que el Estado peruano realizara el proceso de consulta previa , tal como lo exige el Convenio 169 de la OIT .
Una sentencia que marca un antes y un después
Esta sentencia histórica sienta un precedente nacional y reafirma que sin consulta previa no hay minería que valga .
En un momento clave para los pueblos originarios y las comunidades campesinas del país, la Corte de Puno reconoció que la entrega de concesiones mineras sin la participación ni el consentimiento de las comunidades vulneras derechos fundamentales. El fallo derriba el mito de que el Estado puede otorgar concesiones sin escuchar a los pueblos, y abre una vía legal para que otras comunidades del Perú exijan justicia por las concesiones impuestas en sus territorios.
La historia de una lucha que comenzó hace ocho años.
La comunidad campesina de San José de Principio del distrito de Atuncolla no se quedó callada cuando descubrió que sus tierras habían sido concesionadas sin consulta previa. Representadas por sus dirigentes, presentaron en 2017 una demanda constitucional de acción de amparo contra el Ministerio de Energía y Minas (MINEM) , el INGEMMET y la empresa Cal y Cemento Sur , denunciando que nunca fueron consultadas y que solo se publicó un aviso en el diario oficial El Peruano , un medio al que no tienen acceso.
"Nos enteramos recién cuando la empresa empezó a explorar cerca de nuestras tierras. Fue una traición del Estado", recordó Narciso Vilca , dirigente comunal y uno de los demandantes.
Del rechazo a la victoria
En 2022 , el Segundo Juzgado Civil de Puno rechazó la demanda, argumentando que la consulta previa no era un derecho fundamental reconocido por la Constitución. Sin embargo, las comunidades no se rindieron.
Apelaron la decisión y, tras un voto determinante , la Sala Civil de la Corte Superior de Puno les dio la razón. El tribunal reconoció el valor constitucional del Convenio 169 de la OIT y concluyó que la consulta previa debe realizarse antes de otorgar cualquier concesión minera , no después, cuando el daño ya es irreversible.
¡Por qué este fallo cambia el rumbo!
El Convenio 169 de la OIT tiene rango constitucional en el Perú, y esta sentencia lo reafirma. La Corte dejó claro que la falta de consulta previa no puede justificarse bajo ningún pretexto.
La consulta no es un trámite, sino un derecho humano y colectivo , que garantiza la participación real de las comunidades en las decisiones que afectan su vida, su cultura, su territorio y su autodeterminación.
Un precedente que fortalece la defensa de los territorios
Este fallo se convierte en una herramienta clave legal para cientos de comunidades indígenas y campesinas que enfrentan concesiones mineras impuestas sin consulta previa a nivel nacional.
En Puno existen más de 1.300 comunidades campesinas. En estas comunidades muchas de las concesiones mineras se sobreponen en territorios ancestrales, sin haber pasado por un proceso de consulta como lo señala el Convenio 169 de la OIT. Ahora, gracias a esta decisión, las comunidades cuentan con un precedente judicial sólido para exigir el respeto a su derecho a decidir sobre sus tierras .
La justicia nace de la organizacion
El caso de la comunidad de San José de Principio de Atuncolla demuestra que la justicia llega cuando los pueblos se organizan y no se rinden .
Esta victoria es fruto de la resistencia, la unidad y la persistencia de las comunidades campesinas que enfrentaron durante años el silencio del Estado y la presión de las empresas mineras.
Y recuerda…
"Sin consulta previa, no hay concesión legítima. La tierra y el agua se defienden con justicia, organización y verdad".
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